Skip to content
Menu
cripto 1

Según la definición del Banco Central de Bolivia (BCB) 1, los criptoactivos son las unidades digitales que reúnen sin excepción las siguientes características: son emitidas por agentes privados, de forma electrónica, con accesibilidad universal, la transferencia se realiza mediante un mecanismo descentralizado, y no están vinculados a la operativa de Instrumentos Electrónicos de Pago autorizados por el BCB.

Los criptoactivos están prohibidos en Bolivia desde el 2014, sin embargo este año se han presentado dos proyectos de ley para su regulación a la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, uno de ellos apoyado por el oficialismo y el otro trabajado en conjunto entre activistas, comunidades de critpactivos y el equipo técnico de la diputada Baldivieso y al que se sumó un diputado del oficialismo, esta combinación de factores es muy rara en la elaboración de leyes económicas-tecnológicas en nuestro país, lo que hace que haya muchas posibilidades de que alguna de ellas sea promulgada por la Asamblea Legislativa en esta o la siguiente gestión.

Es por esta razón que la Fundación InternetBolivia.org y la Friedrich-Ebert-Stiftung (FES), organizaron el Conversatorio de Socialización del Proyecto de Ley de adopción integral de Criptoactivos, el jueves 21 de septiembre,  el cual contó con la presencia de la Diputada Mariela Baldivieso y el abogado Fabian Espinoza que lideran esta iniciativa legislativa, Economistas, Expertos en estos temas y activistas para analizar el proyecto de Ley.

Antecedentes de la Prohibición del Uso de criptoactivos en Bolivia

A raíz de numerosos casos de estafas piramidales relacionadas con falsas “criptomonedas”, en el 2014, el Banco Central de Bolivia emitió la Resolución de Directorio N° 044/2014 del 6 de mayo de 2014, “Prohibición del uso de monedas y denominaciones monetarias no reguladas en el ámbito del sistema de pagos” que en su Art. 1 dice:

“A partir de la fecha queda prohibido el uso de monedas no emitidas o reguladas por estados, países o zonas económicas y de órdenes de pago electrónicas en monedas y denominaciones monetarias no autorizadas por el BCB en el ámbito del sistema de pagos nacional.”

Para el 2020 el Banco Central de Bolivia, emitió la Resolución de Directorio N° 144/2020 del 15 de diciembre de 2020, “Prohibición del uso de criptoactivos en el sistema de pagos nacional” que en parte de su Art. 1 dice:

…se prohíbe a las entidades financieras el uso, comercialización y negociación de criptoactivos en el sistema de pagos nacional por no constituirse éstos en moneda de curso legal en el país.

Esta resolución sube el nivel de la prohibición a las entidades financieras del país.

Proyectos de Ley sobre criptoactivos en Bolivia

En fecha 13 de junio se ingresó el PL No 402/2022-2023 Proyecto de Ley de Regulación de Criptoactivos y Tecnología financiera a la Cámara de Diputados con los abogados Gabriel Perez y Carlos Yupanqui Moreira como proyectitas y se enfoca en crear la Institución de Control Fiscal de Criptoactivos y Fintech. Este es un proyecto de ley del Movimiento al Socialismo (MAS), que tiene el apoyo de los diputados Andrés Flores, María Vargas y Rosario García.

En fecha 31 de agosto se ingresó el PL No 497/2022-2023 Proyecto de Ley de Adopción Integral de Criptoactivos, a la Cámara de Diputados, basado en un proyecto de Ley elaborado por el Abogado Fabian Espinoza, y que recibió el apoyo de la diputada Mariela Baldivieso de Comunidad Ciudadana y de las “Comunidades Cripto y Blockchain”. El proyecto se reformuló y lo presentaron a la asamblea en conjunto con el diputado Delfor Burgos del MAS.

Desarrollo del Conversatorio

La mayoría de los asistentes pertenecían a la rama económica en la formación y en la práctica (vinculados profesionalmente con el BCB, especialistas en criptoactivos, operadores en la Bolsa de Valores, emprendedores en área de criptoactivos, docentes en el área económica).

Respecto a la iniciativa, según argumentaron los promotores (abogados y gestores públicos), el proyecto de ley se elaboró en una mesa de trabajo que incluyó a expertos (economistas e ingenieros) con el objetivo de crear un paraguas normativo para gestionar el uso libre de criptoactivos, regular la formación de Blockchains, establecer un régimen de defensa del consumidor, fomentar el desarrollo de nuevas tecnologías e incentivar la inversión pública y privada.

Sin embargo, durante el debate, los expertos observaron el proyecto de ley de forma sumamente crítica. Sus aportes consideraron otras prioridades necesarias de atender, cuestionaron las premisas de los promotores, resaltaron imprecisiones y fallas técnicas y presentaron condiciones estructurales necesarias de incorporar al análisis.

  1.       Prioridades

Resaltaron que es más pertinente una Ley de Protección de Datos y /o una Ley Fintech antes que una ley de regulación de criptoactivos. Incluso se sugirió profundizar un análisis para levantar la restricción con la normativa ya establecida, sin un nuevo proyecto de ley, considerando que ya existe un marco regulatorio para activos financieros.

Se consideró prioritario preparar el ecosistema para este tipo de regulaciones, con el fin de evitar el uso de recursos en campos ilícitos (por medio de la educación), conocer las potencialidades de la tecnología antes de proponer (acudiendo a especialistas), y conocer cómo se utilizará el criptoactivo en el sistema de pagos en la práctica (desde la visión de emprendedor).

Finalmente, tomando en cuenta la coyuntura económica (baja dolarización, crisis de las RIN), la propuesta se calificó de poco conveniente y poco viable, por lo que se sugirió ver los usos alternativos (mayor eficiencia de la tecnología blockchain en transferencias de valor, por ejemplo).

  1.       Premisas cuestionables

Por otra parte, fue casi unánime el cuestionamiento hacia la omisión del Banco Central y hacia los respaldos técnico-científicos de la propuesta. Otros señalamientos incluyeron la supremacía del Bitcoin por sobre otras criptomonedas en el escrito, la idea de evitar impuestos por ser inconstitucional, la polémica de la criptodivisa como reserva poco segura (principalmente en tiempos de crisis), y la intención de regulación de algo que por diseño está hecho para no ser regulado.

  1.       Imprecisiones

En general, se percibió que el proyecto no estaba basado en estudios científicos actualizados, y que no fue dialogado con peritos ni profesionales especialistas previamente.

Fue criticada la confusión sobre los roles de las entidades públicas en el sistema de pagos (ASFI y BCB), la oferta de dar incentivos sin destinatarios estratégicamente definidos (por riesgo de generar corrupción), la ambigüedad entre regulación de criptomonedas y regulación de blockchains, la carencia de evidencia científica, la imprecisión en las categorías y conceptos, la vaga idea respecto a la función de la moneda en la economía.

  1.       Cuestiones estructurales a considerar

En primer lugar, consideraron imperativa la presencia del Banco Central como ente regulador, además de alguna otra autoridad especializada de control cripto, dado que el bitcoin no cumple las mismas funciones de una moneda.  Para cohesionar la iniciativa, se vio necesaria la visualización de oportunidades de desarrollo aprovechando la base tecnológica ya existente y fortaleciéndose aún más.

En cuanto a la confianza sobre el criptoactivo, se sugirió establecer su valor intrínseco (su infranqueabilidad, quizá), así como el oro es valor intrínseco de la moneda; e impulsar la educación respecto a tecnología blockchain en las juventudes. Para todo esto es necesario revisar la agenda económica del Estado, y a partir de ahí proyectar.

DISCORDANCIAS

Los puntos de discrepancia fueron el desarrollo actual del ecosistema para el aprovechamiento de una nueva normativa, que algunos consideraron insuficiente y otros lo percibían apropiado. La necesidad de regular la tecnología blockchain, algunos lo vieron como urgente por las ventajas de su aprovechamiento universal, mientras que otros como prescindible, por las facilidades de su uso desregulado. Y el grado de confianza en los criptoactivos, que algunos consideran una acción soberana necesaria de ejercer, y otros un derecho de baja prioridad.

CONCLUSIONES

Es posible observar que fue mayor la crítica al proyecto de ley que su apreciación. A nuestro juicio, esto tiene dos motivos. Por una parte, la gran brecha entre políticos interesados (usualmente inexpertos) y los expertos en ejercicio (usualmente distanciados de las políticas). Por otra parte, afecta la multiplicidad de respuestas a la pregunta: ¿Cuál es el rol que queremos darle al Estado respecto a los criptoactivos?

Mientras que el primer motivo es reconciliable, estableciendo un plan eficiente para propiciar el encuentro entre ambos agentes y reducir la brecha; el segundo contiene una pregunta permanente que sobrepasa el ámbito de los criptoactivos, porque se relaciona con visiones ideológicas y actitudes pragmáticas. Una vez más, el viejo debate entre legisladores y economistas que, en este tópico, gira a favor de los economistas. En ese sentido, es manejable siguiendo los aportes en cuanto a prioridades y cuestiones estructurales.

El arribo al mundo de los criptoactivos para Bolivia es inminente, pero el aprovechamiento o descontrol de la situación dependerá del grado de planificación y prevención que se lleve adelante. Los policymakers necesitan escuchar a los expertos para no improvisar, y los economistas necesitan preguntarse sobre las consecuencias de no atender los riesgos sociales y políticos por omitir decisiones sobre un tema.

RECOMENDACIONES

Como Fundación InternetBolivia.org  nos hubiera gustado contrastar los dos proyectos de Ley que están en la Asamblea y no uno solo. En nuestro análisis inicial, el proyecto  que se analizó en el evento es mucho mejor que el otro, pero como acabamos de describir se hicieron muchas observaciones. Quedamos contentos porque se discutió sobre criptoactivos y sobre una propuesta, es decir ya no solamente sobre ideas o posibles proyectos.

Al respecto tenemos estas recomendaciones.

  • No nos oponemos a estos proyectos de Ley pero consideramos que en el país en estos momentos son prioritarios las Leyes de Acceso a la información Pública, Ley de Protección de Datos Personales, Regulación Fintech y de Comercio Electrónico, antes de avanzar al tema de criptoactivos, pero seguiremos procurando realizar este tipo conversatorios.
  • Muchos de los temas discutidos durante el conversatorio, también son discutidos incluso en Estados Unidos donde el tema parecería estar mucho más avanzado, ciertamente la prohibición del Banco Central de Bolivia no ha detenido el avance de esta tecnología en el país, y creemos que lo que se tendría que analizar es cómo hacer que el Banco Central levante esa prohibición que de por si le pone freno al país en estos temas.
  • Profundizar en un análisis de la agenda económica y la oportunidad política para levantar la restricción de criptoactivos con la normativa ya establecida. Esta es una vía de solución más sólida en el largo plazo.
  • Diseñar un plan detallado de curación del proyecto de ley, basado en las premisas cuestionadas y en las imprecisiones reconocidas y evaluar la pertinencia de su presentación al congreso.
  • Orientar los esfuerzos hacia la preparación de un ecosistema receptivo para una Ley de Protección de Datos. Esto requerirá del apoyo de instancias educativas (formación en análisis de datos a juventudes) y de redes de comunicadores sociales para la fijación de una cultura de datos.

Si desean acceder a la síntesis de las posiciones expuestas en el conversatorio, pueden ingresar en Conversatorio de Socialización del Proyecto de Ley de adopción integral de Criptoactivos

 

Autores: Hugo Miranda, oficial de Economía Digital y Delina Pineda